DERECHOS SOBRE INMUEBLES
¿Qué debe saber?


1. ¿Cuáles son los derechos sobre un inmueble?
Sobre los inmuebles se pueden ejercer derechos que surgen de la condición de propietario, condómino, poseedor, usufrucuario, acreedor hipotecario, entre otros. Dependerá de la relación jurídica que se tenga con el bien inmueble.

2. ¿El poseedor de un inmueble, tiene derechos?
El poseedor de un inmueble sí tiene derechos, porque la posesión es un hecho que da derechos, sobre todo si ésta es pública y pacífica. El poseedor tiene derecho a defender su posesión e inclusive a recuperarla, y para ello cuenta con acciones judiciales más rápidas y expeditivas que las de un juicio común.

3. ¿Si poseo hace más de 20 años un inmueble y pagué impuestos y servicios, soy el propietario?
La posesión y pago de impuesto, o edificaciones que se hagan en un inmueble (casa, departamento, terreno, etc.) no convierten automáticamente pasados veinte años, al poseedor en dueño. Para convertirse formalmente en dueño y ser registrado como tal en el organismo de Inmuebles local, donde se asientan la titularidad de los inmuebles, debe iniciar necesariamente un juicio de prescripción adquisitiva, también conocido como veinteañal, o usucapión. Y allí deberá probar que se comportó como dueño durante y el tiempo y en las condiciones que la ley determina.

4. ¿Qué pasa si soy dueño junto con otras personas, de un inmueble, y las otras utilizan el inmueble y yo no?
El condómino que no utiliza el inmueble del que es dueño junto con otros, puede solicitar la fijación de un monto locativo o alquiler, a los dueños que lo utilizan, sea viviendo o explotándolo económicamente. Además podrá también, si así lo decide, poner fin al condominio a través de un juicio denominado acción de división de condominio, por el que se busca, vender el bien, subastarla o dividirlo físicamente, si es posible.

5. ¿Puedo recuperar la posesión de un inmueble que otro posee hace muchos años?
Si otra persona posee un inmueble durante muchos años, el dueño que figura en el Registro inmobiliario como dueño puede intentar recuperar esa posesión, mediante una acción judicial denominada “acción de reivindicación”. Probablemente se enfrente a una contrademanda o defensa de quien ocupa como poseedor, si es que la posesión es de veinte o mas años, en cuyo caso será cuestión de prueba determinar quien, en definitiva, quedará como titular de ese bien. 

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